Oficinas generales
a nivel Nacional
P.O. Box 1817
Powder Springs,
Georgia 30127
Fax/TEL 770-944-2077
Correo electrónico: LETSHQ@AOL.COM
Law Enforcement Training Specialists International, Inc.
ESPECIALISTAS EN ENTRENAMIENTO PARA LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA, INTERNACIONAL
Organización constituida sin fines de lucro y aprobada por el IRS 501


consejo directivo
staff
asociados

información de seminarios
forma de registro

instructores
oficiales certificadores

requisitos para certificación en
narcóticos
explosivos
patrullaje
cadáver
rastreo

página en memoria
personal
elementos caninos

otros sitios
de interés

L.E.T.S. © para todo el contenido 2008 | sitio web desarrollado y mantenido por
www.web-dreambuilders.com

REQUISITOS PARA
LA CERTIFICACIÓN EN FELONY RASTREO CANINO

CERTIFICACIÓN EN RASTREO - DEFINICIÓN: La demostración de las habilidades del equipo de rastreo para rastrear el olor humano en varios terrenos disponibles, a juicio del o los Oficiales certificadores.

EL MANEJADOR: Deberá ser un oficial de alguna agencia de procuración de justicia federal, provincial o de la ciudad o bien deberá ser un voluntario aprobado por la agencia Y ADEMÁS, deberá haber completado 40 horas de entrenamiento L.E.T.S. ELEMENTO

CANINO: Deberá contar con 40 horas de entrenamiento L.E.T.S. con su manejador asignado. NOTA: Si el manejador y el canino cambian, la mancuerna ya no se considerará un “equipo” y la certificación quedará revocada y nula.

EL EQUIPO: El manejador y el elemento canino deberán aprobar el examen de Habilidades en la obediencia básica de L.E.T.S. (2.0) a satisfacción del o los Oficiales certificadores. La decisión del o los Oficiales certificadores es inapelable.

El objetivo del o los exámenes de habilidades es el de permitirle al equipo canino demostrar sus habilidades para seguir rastros / estelas de olor puestas por los Plantadores de rastros sobre el terreno disponible. Cada rastro deberá ser reconocido y aprobado por el o los Oficiales certificadores conduciendo la certificación. Los escenarios deberán ser tan “realistas” como sea posible.

Se requiere de un mínimo de tres rastros, sin establecer un límite máximo, para esta sección. La disponibilidad de recursos y las limitantes propias de un seminario L.E.T.S de 40 horas determinarán el total de rastros a trabajarse. Para completar exitosamente la certificación se requiere completar correctamente el 80% de los rastros de la prueba, con 3 de esos rastros cumpliendo de manera mínima los requisitos descritos a continuación:

Descripción de los requisitos para los rastros:

Condiciones adicionales: Los distractores naturales (animales, gente, vehículos, etc.) no podrán ser considerados como justificantes “de causa” para que el manejador dé por terminado cualquiera de los rastreos mencionados arriba y quiera así intentar anular el rastreo para evitar la falla en un examen.

Al menos un (1) observador deberá acompañar al equipo canino para asistirlo en cuidarse del tráfico y para seguridad en general.

Si es necesario utilizar métodos de aprehensión al final del rastreo, todo el equipo de seguridad y protección a utilizarse deberá estar previamente colocado en ese lugar y visiblemente marcado para su fácil ubicación (con cinta o listón de seguridad).

NOTA: Sin importar las circunstancias en las que se recorra cualquier rastro, será responsabilidad únicamente del manejador, el mantener el control del canino en todo momento durante el rastreo, incluyendo la última parte de éste (el final) del rastro, cerca de donde se encuentra la persona que dejó el rastro.

Si el o los Oficiales certificadores lo consideran pertinente y dan las indicaciones para ello, la persona que deja el rastro puede también dejar un artículo con su olor.

Los objetos con el olor podrán ser dejados caer exactamente sobre el rastro para estimular la evidencia y serán entregados al o los Oficiales certificadores si se les localiza. El fallar al encontrar tales objetos no será razón suficiente para reprobar al equipo durante el examen de rastreo.

A cada manejador se le entregará una hoja de certificación. El instructor firmará la hoja de certificación al final de cada ejercicio indicando el resultado de cada prueba.

RE-CERTIFICACIÓN - DEFINICIÓN: La recertificación de un equipo previamente certificado, dentro de un período de 12 meses de haber obtenido la certificación, requiere de atender un curso de recertificación con duración de 8 horas que consistirá en pruebas de campo para demostrar que el equipo continúa siendo apto; esto a consideración del o los Oficiales certificadores. Tales pruebas podrán incluir exámenes para contestarse por escrito y que permitan determinar el conocimiento del manejador en la disciplina específica a examinar.

Para los efectos anteriores el o los Oficiales certificadores llenarán la “HOJA DE CERTIFICACIÓN EN RASTREO” y escribirán sobre ella la palabra “recertificación”, procediendo a procesarla de acuerdo a las políticas.

home
consejo directivo
staff
seminarios
certificaciones
click here for
ENGLISH VERSION